Una sociedad constituida en Chile puede ser administrada por:
- Una persona jurídica extranjera con RUT
- Una persona jurídica chilena
- Una persona física chilena
- Una persona física extranjera que tenga RUT de Inversionista en Chile.
Respecto a la forma, puede ser individual o conjunta. En caso de ser conjunta puede ser mancomunada (necesario la autorización de todos administradores) o separada (uno de los administradores puede tomar decisiones unilateralmente)